LÁZARO CÁRDENAS, MICHOACÁN.-03 de abril de 2024.- El Sindicato de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas enfrenta la posibilidad de perder las Condiciones Generales de Trabajo debido a su negativa de cumplir con la orden del tribunal de Conciliación y Arbitraje que establece una huelga de puertas abiertas. Esta medida implica que las instalaciones municipales deben permanecer accesibles y que no se obstaculicen las actividades esenciales.

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 935, establece que, antes de la suspensión de labores, el tribunal determinará el número indispensable de trabajadores que deberán continuar laborando para garantizar la seguridad y conservación de los bienes, así como la reanudación de actividades.
El incumplimiento de esta disposición puede llevar a que la huelga sea declarada ilícita, lo que, según el artículo 934 de la misma ley, resultaría en la terminación de las relaciones laborales de los huelguistas.
Además, el artículo 932 indica que, si se declara la ilicitud de la huelga, se otorga a los trabajadores un plazo de 24 horas para regresar a sus labores. De no hacerlo, las relaciones de trabajo se considerarán terminadas, y el patrón quedará en libertad de contratar nuevo personal.