Lázaro Cárdenas, Mich. 17 de noviembre de 2025.- La Secretaría de Marina, a través de la Armada de México, por conducto de la Décima Sexta Zona Naval, informa que, se llevó a cabo la Ceremonia de EntregaRecepción del Mando de Armas de este Mando Superior, como parte de la rotación permanente del personal y con la finalidad de que esta Institución continúe con el cumplimiento de su misión y atribuciones.

En presencia de autoridades civiles, navales y militares de los diferentes órdenes de Gobierno, recibió con carácter titular el Mando de Armas de la Décima Sexta Zona Naval el Vicealmirante Camerino Roa Vidal por entrega del Vicealmirante Anselmo Osorio Fraga con la intervención por parte de la H. Superioridad del Almirante Carlos Eduardo L´Eglise Escamilla, Comandante de la Octava Región Naval, quien tomó la protesta de ley y dio posesión al nuevo Comandante de las formalidades de la ordenanza naval.

Cabe destacar que el Vicealmirante Camerino Roa Vidal se graduó como Ingeniero en Ciencias Navales en la Heroica Escuela Naval Militar. Ha realizado diversos estudios de los cuales destacan, la especialidad de Mando Naval, Maestría en Administración Naval, así como Maestría en Seguridad Nacional efectuados en el Centro de Estudio Superiores Navales.
Como parte de sus diferentes comisiones se ha desempeñado como Comandante y Segundo Comandante en diversas Unidades de Superficies de la Armada de México, Comandante de la Décima Octava Flotilla de Unidades de Superficie, Ayudante Naval en la Primera, Tercera y Quinta Región Naval, Subsecretaría, Jefe de Ayudantes del Jefe de Estado Mayor, Secretario Particular del Inspector y Contralor General de Marina, Jefe de Estado Mayor de la Décima Cuarta Zona Naval, Comandante del Sector Naval de Islas Marías, Jefe de Estado Mayor de la Quinta Región Naval, Comandante de la Décimo Sexta Zona Naval y Comandante de la Décima Octava Zona Naval, entre otros.
Se ha hecho merecedor de condecoraciones de sexta a primera clase, así como la de tercera clase de perseverancia excepcional por haber cumplido 40 años en el servicio activo de la Armada de México. Lo anterior en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella se derivan.
