Mar. Dic 24th, 2024
Toma de muestra ADN

Durante la actividad, se recopilaron 15 muestras que serán incorporadas a una base de datos para su posterior análisis

Morelia, Michoacán, a 9 de mayo de 2024.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), en colaboración con la Comisión de Búsqueda de Personas en Michoacán y el centro regional del Centro de Atención a Víctimas (CEAVM), llevó a cabo una Campaña de Toma de Muestras de ADN en las instalaciones del Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas. En esta jornada desarrollada durante dos días, se recopilaron 15 muestras de ADN, se realizaron 2 cuestionarios Ante Mortem (AM) y se brindaron 6 atenciones personales Post Mortem (PM), aunque no se encontraron coincidencias.

Janeth Martínez Mondragón, quien encabeza la Fiscalía Especializada para la Investigación de Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, destacó la importancia de mantener la determinación en las labores de búsqueda para encontrar a las personas desaparecidas.

En este contexto, dijo, se ha promovido una estrecha colaboración con otras entidades e iniciativas comunitarias para reforzar estas acciones de búsqueda, lo que ha permitido el incremento de jornadas destinadas a la toma de muestras biológicas de familiares de personas desaparecidas, con la finalidad de obtener perfiles genéticos que agilicen la identificación de los restos encontrados.

La funcionaria resaltó el compromiso sólido de la institución para continuar colaborando estrechamente con diversos colectivos y la sociedad en su conjunto. Además, hizo hincapié en la importancia de reforzar las investigaciones y la persecución de los delitos de desaparición de personas, siguiendo el principio de debida diligencia y asegurando el pleno respeto de los derechos humanos.

Puntualizó que estas acciones reflejan el compromiso continuo de la institución en la búsqueda de soluciones efectivas y respetuosas de los derechos para abordar este problema tan sensible en la sociedad.

De conformidad con lo establecido en el apartado C del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir del 1 de marzo y hasta la conclusión de la jornada comicial, debe SUSPENDERSE, la difusión de toda propaganda gubernamental, con excepción de los servicios educativos, de salud o relativos a protección civil. El contenido vertido en esta plataforma es de carácter institucional y con fines informativos.

Por Don Beto

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